Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades de Propietarios
¿Es obligatoria la prevención de riesgos laborales en una Comunidad de Propietarios?
Para responder a esta pregunta, es necesario conocer si la Comunidad de Propietarios cuenta con trabajadores propios (personal de mantenimiento, conserjería, limpieza,...):
Sí
De acuerdo a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, si cuenta con personas a su cargo, es considerada una empresa y como tal está obligada a constituir un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales a través de una modalidad preventiva como por ejemplo, el Servicio de Prevención Ajeno
No ... pero sí
Aunque la Comunidad no tiene obligación de contar con una modalidad preventiva al no ser considerada como empresa, si se le aplica el art. 24 de LPRL y el Real Decreto 171/2004 que lo desarrolla, que conlleva la obligación de coordinación, cuando se lleven a cabo actividades en las instalaciones de la Comunidad de Propietarios.
El objetivo de la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) es el control y la coordinación de los trabajadores que coinciden en un centro de trabajo, con el fin garantizar la seguridad y salud de cada uno de ellos. Por lo tanto, con independencia de que la Comunidad de Propietarios tenga o no trabajadores, como mínimo, está obligado a informar a las empresas o autónomos que lleven a cabo trabajos en sus instalaciones, de los riesgos propios del centro y sus medidas preventivas, así como de las medidas de emergencia. Además, cuando en el desarrollo de la actividad para la Comunidad de Propietarios, coincidan en el tiempo dos o más empresas, se aplicará el deber de Cooperación y Coordinación, debiendo informar de los riesgos mutuos que puedan afectar al personal trabajador.
Todos los servicios de ESOC Prevención para Comunidades de Propietarios (con independencia de si tienen o no trabajadores propios) llevan incluido sin coste adicional, el asesoramiento CAE, con la posibilidad ampliar el servicio con la contratación adicional del Servicio CAE PRL y/o el Servicio CAE PRL Plus.
Servicio CAE PRL
Con este servicio, ESOC Prevención:
- Informará a todas las contratas que presten servicios a la Comunidad sobre los riesgos de la misma, las medidas preventivas, así como las medidas de emergencia.
- Recabará de las contratas que presten servicios a la Comunidad la evaluación de riesgos y/o el contrato en vigor en caso de tener como modalidad preventiva el Servicio de Prevención Ajeno.
Servicio CAE PRL Plus
Si además del asesoramiento y servicio CAE, requiere ayuda para la gestión documental, yendo más allá de la simple información sobre los riesgos y medidas preventivas que la Comunidad ha de informar y recabar de las contratas, le ofrecemos nuestro Servicio PRL Plus.
Con este servicio, ESOC Prevención se encargará de contactar, recabar revisar y controlar toda la documentación necesaria, no solo en materia de prevención de riesgos laborales, de todos los proveedores externos de la Comunidad.
Video informativo del INSST sobre la Coordinación de actividades empresariales
La coordinación de actividades empresariales es fundamental para controlar los riesgos que se pueden originar como consecuencia de la concurrencia de empresas en un mismo centro de trabajo. Para ello, es necesario establecer los medios de coordinación que permitan un adecuado intercambio de información, así como una buena planificación, organización y seguimiento de los trabajos. Esta cuestión es tratada en las Notas Técnicas de Prevención (NTP) 918, 919, 1052 y 1053.
Este vídeo tiene como objetivo orientar a las empresas sobre cómo llevar a cabo una adecuada coordinación de actividades empresariales, centrándose en las actuaciones esenciales que se han de desarrollar para evitar accidentes de trabajo debido a la concurrencia de empresas.
Preguntas frecuentes
Será el empresario titular del centro de trabajo (el Presidente de la Comunidad), quien estará obligado en virtud el art. 24 de la Ley 31/1995 y su desarrollo en el R.D. 171/2004.
Además de las sanciones administrativas (que pueden llegar a superar los 2.000 euros para casos leves y los 800.000 para los muy graves), podría haber responsabilidades penales de entre los seis meses y los tres años para los responsables.