Prevención del acoso laboral

Aunque la toma en consideración del acoso laboral es relativamente reciente en comparación con los demás riesgos laborales, no debe considerarse como menos importante, de hecho, en la actualidad, es considerado por todos los organismos importante dentro del ámbito de la prevención como uno de los riesgos más importantes a tener en cuenta.

¿Qué es el acoso laboral?

Aunque en la actualidad hay muchas definiciones de acoso laboral o acoso psicológico en el trabajo (mobbing), la falta de homogeneidad en las mismas así como la ambigüedad de conceptos, a veces pueden inducir a errores de interpretación que no permitan la correcta delimitación del problema. 

Podríamos definir el acoso laboral como aquellas conductas sistemáticas, violentas y prolongadas en el tiempo sobre un individuo en el desempeño de su trabajo, que atenta contra su dignidad e integridad psíquica y física, pone en peligro su empleo y degrada el buen clima laboral. 

¿Es obligatorio por Ley?

El artículo 5 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, nos dice que los riesgos psicosociales en el trabajo también deben de eliminarse o minimizarse para contribuir a mantener la salud de las personas y para ello, la evaluación e intervención son herramientas básicas. Es el artículo 16, quién obliga a todos los empresarios a realizar evaluaciones que contemplen los riesgos a los que se exponen sus trabajadores, siendo el riesgo psicosocial uno más de ellos.

¿Qué consecuencias tiene el acoso laboral?

Remarcar que las consecuencias del mobbing pueden ser de distinta naturaleza y afectar a varios ámbitos, siendo muy próximas a las patologías originadas por el estrés, pero con una especial incidencia de la patología de tipo social. Diferencias en las consecuencias según perfil:

Consecuencias sobre la organización

  • Sobre el rendimiento (bajo rendimiento, dificultad de trabajo en grupo, absentismo laboral y pérdida de motivación).
  • Sobre el clima laboral social (falta de colaboración, cooperación, cohesión, empatía, entre otros).
  • Sobre la seguridad (hay estudios que ya sostienen una relación directa entre el riesgo psicosocial y el incremento de la accidentabilidad).

Consecuencias sobre el trabajador

  • A nivel psíquico. La sintomatología puede ser muy diversa. El eje principal de las consecuencias que sufre el sujeto afectado sería la ansiedad: la presencia de un miedo acentuado y continuo, de un sentimiento de amenaza. Pueden darse también otros trastornos emocionales como
    sentimientos de fracaso, impotencia y frustración, baja autoestima o apatía. Pueden también entre otros verse afectados por distintos tipos de distorsiones cognitivas o mostrar problemas a la hora de concentrarse y dirigir la atención
  • A nivel físico, podemos encontrarnos con diversas manifestaciones de patología psicosomática: desde dolores y trastornos funcionales hasta trastornos orgánicos.
  • A nivel social, es posible que estos individuos lleguen a ser muy susceptibles e hipersensibles a la crítica, con actitudes de desconfianza y con conductas de aislamiento, evitación, retraimiento o, por otra parte, de agresividad u hostilidad y con otras manifestaciones de inadaptación social. 

Protocolo de acoso laboral

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