Prevención Riesgos Laborales para Autónomos
Aunque la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga en un principio a los empresarios con trabajadores a su cargo, hay situaciones en los que la ley también le afecta directamente, como por ejemplo cuando se trabaja como autónomo en concurrencia, es decir, cuando en la realización de su trabajo coincides en un mismo centro con otros trabajadores o empresas. Para esos casos, Grupo ESOC, pone a su disposición el mejor Servicio de Prevención de Riesgos Laborales con un servicio de prevención ajustado a sus circunstancias y necesidades.
Servicios

Autónomo
con
trabajadores a su cargo
A efectos de la Ley de Prevención, el empresario debe garantizar y velar por la seguridad y salud de los trabajadores a su cargo. Deberá de cumplir con todas las obligaciones recogidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales como si de una empresa se tratase.

Autónomo sin
trabajadores a su cargo
Deberá de cumplir con las obligaciones recogidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales si comparte centro de trabajo con otra empresa, realiza trabajos como subcontrata o le contrata una empresa para que realice obras o servicios dentro de la misma que sean considerados como de su propia actividad
(es decir obras o servicios que sean del ciclo productivo de la empresa y que por lo tanto sean actividades principales de la misma).
En cualquier caso, aunque la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no le afecte directamente, nadie mejor que el autónomo para velar por su propia seguridad, evitando y reduciendo los riesgos de accidente y las enfermedades laborales a las que está expuesto en su actividad laboral así como a todas las consecuencias que se deriven de los mismos.