Las empresas de más de 50 personas en plantilla deben tener un plan LGTBI antes del 2 de marzo
El plan debe incorporar un protocolo de actuación ante el acoso o la violencia contra las personas LGTBI

Según la Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, las empresas con más de 50 personas en plantilla deben implementar un Plan LGTBI antes del 2 de marzo de 2024. Este plan, que surge como respuesta a la necesidad de promover la inclusión y prevenir la discriminación, debe incluir un protocolo de actuación frente al acoso o la violencia dirigidos a personas LGTBI.

El proceso de desarrollo del Plan LGTBI implica una negociación colectiva, donde se acuerdan las medidas y recursos necesarios, en colaboración con la representación legal de las personas trabajadoras. Además, se fomenta la recopilación y difusión de buenas prácticas a través del Consejo de Participación de las personas LGTBI.

Es importante destacar que la ley establece sanciones para quienes vulneren los derechos de las personas LGTBI, con multas que pueden oscilar entre los 200 y los 150.000 euros. Aunque el desarrollo reglamentario está pendiente, el cumplimiento de estas disposiciones es obligatorio conforme a los plazos establecidos.

En resumen, la normativa obliga a las empresas con más de 50 personas a contar con un Plan LGTBI a partir del 2 de marzo de 2024, negociado con la representación legal de la plantilla e incluyendo un protocolo contra el acoso o la violencia dirigidos a personas LGTBI.

Para más información, puedes visitar nuestra página sobre Igualdad




Compartir
Etiquetas
Archivar
Las empresas deben implantar un protocolo LGTBI antes de marzo de 2024
La Ley está pendiente del desarrollo reglamentario que marque el diseño de estos planes