Protocolo de acoso laboral (Protocolo de prevención y actuación frente al acoso psicológico, sexual y por razón de sexo y violencia sexual)

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    Protocolo de acoso laboral 

      Obligatorio según Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo. Todas las empresas y autónomos con empleados por cuenta ajena, con independencia de su tamaño, deberán de disponer de un protocolo de acoso laboral y difundirlo entre sus empleados. Este protocolo ha de contemplar y recoger las medidas necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa. 

      Esoc Prevención

      El Protocolo de acoso laboral estará confeccionado y certificado por el Servicio de Prevención Ajeno del Grupo Esoc, con más de 35 años de experiencia en la prestación de servicios profesionales a empresas.  Quienes somos

        Proceso de elaboración e implantación rápido y profesional

        1

        Toma de datos

        Uno de nuestros expertos contactará para recabar toda la información necesaria para la elaboración del protocolo de acoso laboral.

        2

        Entrega del protocolo

        Le entregaremos el protocolo de acoso laboral totalmente personalizado a su negocio.

        3

        Asesoramiento permanente

        Asesoramiento continuado durante el proceso, que ente otras cosas, le indicará la mejor manera de implantar el protocolo (difundir el protocolo entre sus empleados).


        Preguntas frecuentes

        Están obligados todas las empresas y autónomos que tengan trabajadores por cuenta ajena con independencia del tamaño del negocio. 

        Lo primero sería la elaboración del documento del protocolo de acoso laboral. Después deberá de DIFUNDIRLO entre los empleados de su negocio. Aunque son muchos los medios disponibles para la difusión de su protocolo (tablón de anuncios, envío por mail, entrega en mano, etc.), le recomendamos la formación como medio más eficaz y efectivo para la correcta implantación del mismo en el negocio. 
        ¿Puedo bonificar el protocolo de acoso laboral? 

        No, como cualquier otra consultoría, la realización del protocolo no se puede bonificar, constituyendo un fraude de ley, penado con multas muy elevadas. 

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